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    Dejan sin efecto suspensión impuesta a una empresa para realizar operaciones de cambio

    Lo decidió el juez Marcelo Aguinsky. Fue en el marco de un amparo iniciado por una firma bioquímica, ante una medida dispuesta por el Banco Central. Le imputaban la negociación tardía y falta de liquidación de divisas entre los años 2002 y 2008

    El juez Marcelo Aguinsky, titular del Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 6, hizo lugar a una acción de amparo iniciada por una empresa contra la suspensión para realizar operaciones de cambio que le había sido impuesta por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) el pasado 18 de abril.

    Según la resolución judicial, la sanción fue aplicada por “la negociación tardía de divisas y falta de liquidación de divisas provenientes de cobros de exportaciones de bienes” en el período comprendido entre el 26 de agosto de 2002 y el 4 de diciembre de 2008.

    El juez sostuvo, entre los fundamentos para hacer lugar al amparo, que en este caso no se advierte que la medida impuesta por el BCRA “resulte pertinente actualmente cuando ya han transcurrido cuatro meses desde su dictado”.

    Y agregó que la firma “ya regularizó una gran cantidad de las presuntas operaciones en infracción, y que el Banco Central de la República Argentina, si bien no levantó en su totalidad aquellas medidas, sí autorizó parcialmente el ingreso de divisas solicitado por la empresa”.

    El magistrado también consideró que “la reciente sanción de la Ley de Exteriorización Voluntaria de la Tenencia de Moneda Extranjera en el país y en el exterior (Ley N° 26.860) que promueve la despenalización de las conductas de aquellos contribuyentes que extrajeron ilegalmente del país dinero en significativa escala, emerge una situación de notoria desigualdad o aplicación inequitativa de la ley, con relación a los contribuyentes que desarrollan lícitamente su actividad en el país”.

     

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