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    Jubilaciones: la Corte aclara que no fijó nuevas pautas

    Ante la difusión del caso "Cirillo", el Máximo Tribunal destacó que no fijó limitaciones novedosas en materia de movilidad jubilatoria, sino que revocó una sentencia en función de las alternativas procesales del caso. Fallo completo
    Jubilaciones: la Corte aclara que no fijó nuevas pautas

    Frente a la difusión del fallo dictado en el día de ayer en la causa “Cirillo, Rafael c/ANSeS s/ reajustes varios”, la Corte Suprema de Justicia de la Nación estima necesario destacar que no ha fijado pautas o limitaciones novedosas en materia de movilidad jubilatoria sino que ha revocado una sentencia en función de las alternativas procesales del caso.

     En efecto, en lo atinente al reajuste del haber correspondiente al período comprendido entre los años 2002 y 2006, la Corte aplicó el tradicional principio según el cual la competencia de los tribunales de segunda instancia se encuentra acotada por la extensión de los recursos concedidos. Incumbía a la alazada, en consecuencia, resolver sólo los planteos de la ANSeS, única parte que había recurrido, ya que debía interpretarse que el actor, al no haber apelado la sentencia de primera instancia, aprobaba sus disposiciones y, por lo tanto, ésta quedaba firme a su respecto.

    El Máximo Tribunal ha establecido, desde antiguo, que la trasgresión de ese límite importa un exceso de jurisdicción que afecta a la garantía constitucional de la defensa en juicio (Fallos: 231:279, 235:171, entre muchos otros).

    En lo atinente al período posterior, el tribunal señaló, además, que la alzada no podía válidamente prescindir de los textos legales aplicables sin dar fundamentos.

    Informe de Prensa N°73                                Buenos Aires, 29 de mayo de 2009

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