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    La Corte confirma condenas por el asesinato de Axel Blumberg

    Consideró inadmisible el recurso planteado por la defensa de Peralta, Nápoli y Mercado, condenados, entre otros delitos, por el secuestro extorsivo de Axel Blumberg. Ratificó así un pronunciamiento de la Cámara de Casación Penal. Fallo completo
    La Corte confirma condenas por el asesinato de Axel Blumberg

    La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió que el recurso extraordinario articulado por la defensa de Martín Diego Peralta, Abel José Dante Nápoli, y Andrea Verónica Mercado, cuya denegación había originado la presente queja, resultaba inadmisible.  La apelación fue planteada contra la decisión de la Sala III de la Cámara Nacional de Casación Penal que, al denegar el recurso de casación previamente deducido, confirmó parcialmente el pronunciamiento del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de San Martín por el cual se había resuelto:

    • Condenar a Martín Diego Peralta a la pena de reclusión perpetua como coautor del delito de secuestro extorsivo agravado por el número de personas que intervinieron, por la participación de menores de 18 años y por el uso de armas reiterado (cuatro hechos), tres de ellos agravados por la obtención del fin propuesto y concursando idealmente con el delito de robo agravado por el uso de arma de fuego y por la participación de menores de 18 años de edad (hechos que damnificaron a Nordman, Mondino y Ortiz de Rosas) y el restante secuestro agravado por la muerte de la victima -Axel Blumberg-, coautor del delito de tenencia ilegítima de arma de guerra, autor del delito de asociación ilícita agravada por la participación de menores de 18 años de edad en calidad de miembro y partícipe necesario del delito de adulteración de documento público destinado a acreditar la identidad de las personas, todos ellos en concurso real; e imponer a Martín Diego Peralta la pena única de reclusión perpetua comprensiva de aquélla y de la pena única de ocho años dictada por el Tribunal Oral Criminal Nº 1 de San Martín, provincia de Buenos Aires;

    • Condenar a Abel José Dante Nápoli a la pena de dieciséis años de prisión como coautor del delito de secuestro extorsivo agravado por el número de personas que intervinieron, por la participación de menores de edad, por el uso de arma de fuego y por la obtención del fin propuesto el que se concursa idealmente con el robo agravado por el uso de arma de fuego y por la participación de menores de 18 años de edad (hecho que damnificó a Nordman); e imponer a Abel José Dante Nápoli la pena de dieciocho años de prisión comprensiva de dicha sanción y de la pena de tres años y seis meses dictada por el Tribunal Oral Criminal N° 5 de San Martín, provincia de Buenos Aires.

    Por su parte, la mencionada Sala de Casación había hecho lugar en forma parcial al recurso de la especialidad deducido por la querella y, en lo que interesa, decidió condenar a Andrea Verónica Mercado a la pena de diez años de prisión como partícipe secundaria del delito de secuestro extorsivo agravado por el número de personas que intervinieron, por el uso de arma de fuego, por la intervención de menores de edad y por la muerte intencional de la víctima (hecho que damnificó a Blumberg)].

    Además,  Reinaldo Vergara Martínez  fue condenado a la pena de tres años y seis meses de prisión como autor del delito de encubrimiento reiterado.

    Para así decidir, Lorenzetti, Highton, Fayt, Maqueda y Zaffaroni aplicaron el art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en tanto que los ministros Petracchi y Argibay consideraron que el recurrente había incumplido con el art. 7 incs. a) y c) de la acordada 4/2007.

    Informe de Prensa Nº  83                                                Buenos Aires,   9 de junio de 2009

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