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    Informe sobre registro y prevención de violencia doméstica y registro de femicidios

    La Corte Suprema de Justicia de la Nación se encuentra firmemente comprometida en facilitar el acceso a justicia de las víctimas de violencia y ha concentrado sus esfuerzos en efectivizar esa orientación en distintas áreas.

    Es importante señalar que el Tribunal pone el acento y el mayor énfasis en las tareas de prevención y atención de víctimas vulnerables necesitadas de esta ayuda y contención.

    Desde el año 2004, determinó su política en cuestiones de violencia doméstica, a través del diseño, obtención y organización de recursos y puesta en marcha de la Oficina de Violencia Doméstica (OVD), a fin de permitir una respuesta rápida y oportuna por parte de las autoridades judiciales en estos casos.

    A partir del mes de septiembre de 2008, fecha en la que la OVD abrió sus puertas, la Oficina desarrolla actividades las 24 horas del día todos los días del año, sin dejar de escuchar a nadie. Así comenzó con la atención de quienes se fueron presentando como víctimas, derivándolas a las distintas agencias, refugios, hospitales, servicios jurídicos, psicológicos, etc. Igualmente, y según las necesidades y pertinencia, se encaminaron los casos hacia los diversos fueros y tribunales dentro de la vía judicial, aparte de la interacción que se mantiene con diferentes sectores de la justicia, que han comenzado a remover y modificar conceptos y pautas culturales arraigados en el Poder Judicial.

    Muestra de esta tarea de concientización es la mayor actividad en la investigación de los casos en el fuero penal y la adopción de medidas de protección inmediatas en el fuero civil. Esta pronta actuación es la que hace posible prevenir hechos posteriores más graves de violencia.

    Al mismo tiempo -en cumplimiento de las directivas de los instrumentos internacionales y de un cometido legal- la Corte viene registrando datos y elaborando estadísticas que permiten comprender las características de los hechos de violencia doméstica para mejor evitarlos y proyectar políticas y medidas eficientes para que sean llevadas a cabo por parte del Poder Judicial (www.csjn.gov.ar/ovd/).

    Es que la ley 26.485 (de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales, B.O. 14/4/09) establece que la Corte Suprema llevará registros socio-demográficos de las denuncias efectuadas sobre los hechos de violencia allí contemplados (art. 37). Esta construcción de datos constituye una obligación de la cabeza del Poder Judicial, independientemente de las nóminas que lleven otros poderes del Estado.

    A ello se agregó la figura agravada del homicidio (femicidio) que involucra al que matare a una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género, que recién se incorporó al Código Penal en el mes de diciembre del año 2012.

    A partir de la incorporación de la figura, la Corte trabajó sobre la forma de llevar adelante la registración de estos hechos para que, luego de un plazo razonable que ahora se considera cumplido, se pudieran consignar resoluciones judiciales definitivas en estos casos, y comenzara así la carga de estos nuevos datos.

    Al mismo tiempo, en las jurisdicciones locales, los Superiores Tribunales vienen trabajando en abrir Oficinas de Violencia Doméstica con el objetivo de proteger y encaminar víctimas, como asimismo para mejorar la obtención de estadísticas. Se ha invitado ahora a todas las Cortes y Superiores Tribunales provinciales, como también a las Cámaras de apelaciones federales y nacionales para que adecúen sus sistemas estadísticos con el objeto de incorporar, con los mismos parámetros, los registros de femicidio.

    A esa tarea se suma, además, el trabajo de la Oficina de la Mujer a través de la sensibilización y capacitación de quienes tienen a su cargo la adopción de medidas judiciales en los casos de violencia de género.

    Por otra parte, a través de la Comisión Nacional de Acceso a Justicia, la Corte Suprema colabora con los superiores tribunales de justicia provinciales en la implementación y puesta en práctica de distintas dependencias (casas de justicia, oficinas de acceso, oficinas de violencia doméstica, oficinas de la mujer, secretarías, oficinas de atención al ciudadano, oficinas de atención a la víctima, etc.) con el objeto de actuar en forma oportuna y prevenir hechos más graves.

     

     

    Para mayor información acceder al documento completo adjunto

     

     

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