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    Confirman otro procesamiento de Bussi en Tucumán

    Fue resuelto por la Cámara Federal, en el marco de una causa en la que se investiga al ex oficial del Ejército Antonio Domingo Bussi por el secuestro y homicidio de un civil, ocurrido durante el último gobierno de facto. Fallo completo

    La Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán confirmó el procesamiento del ex comandante Antonio Domingo Bussi, en la causa en la que se investiga el secuestro y la muerte de Juan Carlos Aguirre, ocurrido en 1976, en San Miguel de Tucumán.

    A Bussi, en su condición de comandante de la V Brigada de Infantería, a cargo de la zona 32 (Tucumán, Salta y Jujuy) desde diciembre de 1975 hasta diciembre de 1977, se lo acusa de violación de domicilio, privación ilegítima de la libertad, homicidio triplemente calificado y asociación ilícita agravada, “delitos cometidos en el marco del delito internacional de genocidio”, en perjuicio del ciudadano Aguirre.

    Los hechos habrían ocurrido el 12 de julio de 1976, a las 11.30, cuando efectivos militares intentaron detener a Margarita Azize Weis, quien se encontraba en la puerta del domicilio ubicado en Las Piedras 710, en la capital tucumana, quien al resistirse a ser detenida le dispararon con ametralladora. Inmediatamente ingresaron a dicho domicilio de donde sacaron encapuchadas a las personas que estaban dentro, subiéndolas a camiones. Entre esas personas estaba Aguirre.

    Para los jueces Graciela Fernández Vecino, Marina Cossio de Mercau y Ernesto Wayar, existen indicios suficientes para confirmar en primer lugar que los delitos endilgados a Bussi “se habrían cometido en el contexto del terrorismo de estado vigente en nuestro país, pudiendo calificarse,  sobre tales condiciones, como un delito de lesa humanidad”.

    Y agregaron que, en ese marco, Bussi “surgiría como presunto responsable de las ordenes en virtud de las cuales se ejecutó la violación de domicilio, la privación ilegal de libertad y el homicidio triplemente calificado en perjuicio de Juan Carlos Aguirre, en calidad de autor mediato… asimismo el imputado resultaría presunto autor responsable del delito de asociación ilícita agravada, en calidad de autor directo”.

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