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    Derechos humanos: rechazan planteo de ex funcionario judicial

    La Cámara Federal de Resistencia desestimó un planteo de recusación presentado por Carlos Flores Leyes, procesado por tormentos agravados cometidos cuando era secretario de un juzgado. Cuestionó la imparcialidad del conjuez Juan Piñero. Fallo completo
    Derechos humanos: rechazan planteo de ex funcionario judicial

    La Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia rechazó un planteo del ex funcionario judicial Carlos Flores, por el que recusó a Juan Antonio Piñero, quien actúa como conjuez en una causa en su contra por violaciones a los derechos humanos cometidos durante el último gobierno de facto.

    Flores Leyes había argumentado “temor de parcialidad” para que Piñero sea separado de la causa. Para ello, dijo que existía una denuncia hecha por él contra el conjuez, lo que configuraría uno de los supuestos que la ley habilita para que un magistrado sea recusado.

    Para el tribunal, la fecha de esa denuncia es “claramente” posterior al inicio del proceso, por lo que no sería una causa de recusación. Cabe recordar que la norma procesal establece que será motivo de recusación sólo si la denuncia ocurre “antes de comenzar el proceso”.

    Flores Leyes fue procesado en diciembre del año pasado por tormentos agravados en cuatro hechos, cometidos a fines del año 1975 mientras se desempeñaba como secretario penal del Juzgado Federal de Primera Instancia de aquella ciudad. El procesamiento fue confirmado por la cámara el 14 de mayo último.

    La Justicia tuvo por probado que Flores Leyes presenció en la Brigada de Investigaciones de la Policía de Chaco hechos de tortura física y psíquica, y que participó en interrogatorios extrajudiciales llevados a cabo sin un mínimo marco de legalidad, constituyéndose por su calidad de secretario judicial “en un eslabón necesario e indispensable en el proceder delictivo de los funcionarios policiales que resultaron procesados mediante anteriores resoluciones dictadas en la causa”.

    Además, aseguró que el ex funcionario “formaba parte del aparato represivo, amparado en su cargo judicial, obrando no obstante de manera clandestina”, y que su presencia aparece como indisoluble al proceder delictivo, pues “poseía el conocimiento y efectivo control del mismo así como la capacidad de evitarlo”.

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