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    Lesa humanidad: Casación Federal concedió la prisión domiciliaria a Miguel Etchecolatz en la causa conocida como “Pozo de Banfield”

    En un fallo dividido, la Sala I revocó la resolución de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata que había confirmado el rechazo del arresto domiciliario formulado por la defensa pública oficial

    En un fallo dividido, la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal revocó la resolución de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata que había confirmado el rechazo del arresto domiciliario formulado por la defensa pública oficial en favor de Miguel O. Etchecolatz.

    Para así decidir, la mayoría -integrada por los jueces Eduardo R. Riggi y Liliana E. Catucci- fundó su decisión en “razones humanitarias” consagradas por los tratados internacionales que gozan de jerarquía constitucional (art. 75, inc. 22 C.N.), en los lineamientos fijados en el reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación “Alespeiti”, en las disposiciones legales vigentes, pues cumple con exceso el requisito etario y el estado de salud que presenta impide que sus dolencias sean adecuadamente tratadas en la unidad penitenciaria lo que motivó traslados e internaciones extramuros (art. 32, incs. “a” y “d” de la ley 24.660), y en la  inexistencia de riesgo procesal de fuga del nombrado de 87 años, en las condiciones actuales en las que se encuentra“[…] presenta pronóstico reservado […] un riesgo elevado de sufrir descompensaciones en forma aguda, sin descartar muerte súbita”, conforme surge del informe presentado por los profesionales del Hospital Penitenciario Central de Ezeiza el 21 de abril del corriente.

    La jueza Ana María Figueroa, en disidencia, rechazó el recurso de casación interpuesto por la defensa pública oficial de Miguel Osvaldo Etchecolatz por considerar que, de conformidad con los parámetros fijados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en los fallos “Olivera Róvere”, “Bergés” y “Alespeiti”, en el examen pericial del Cuerpo Médico Forense se dictaminó que Miguel Osvaldo Etchecolatz, de 87 años de edad, que “En el momento de la presente pericia, no se encuentra comprendido en el art. 32 de la ley 24.660” y respecto a su lugar de detención que “…el mismo cumple con las normas mínimas de alojamiento” (11/8/16). Por ello y teniendo en cuenta el último informe del Servicio Penitenciario Federal que hace saber que está recibiendo la atención médica de acuerdo a su estado de salud, entendió que el órgano jurisdiccional a cuya disposición se encuentra Etchecolatz debe ordenar la actualización de los informes del Cuerpo Médico Forense y asegurar que reciba la atención adecuada para atender sus patologías.

     

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