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    Se realizó una audiencia pública ante la Corte Suprema en una causa en la que se debate la educación religiosa en las escuelas públicas de Salta

    Se trata de un proceso colectivo iniciado por una asociación civil y un grupo de madres contra aquella provincia. CIJ TV transmitió en vivo
    Se realizó una audiencia pública ante la Corte Suprema en una causa en la que se debate la educación religiosa en las escuelas públicas de Salta

    La Corte Suprema de Justicia de la Nación concluyó este jueves una audiencia pública informativa en el marco de la causa “Castillo, Carina Viviana y otros c/ Provincia de Salta – Ministerio de Educación de la Prov. de Salta s/ amparo”, que tramita ante la Secretaría Judicial N° 1 del Máximo Tribunal, a cargo del secretario Damián Font.

    Se trata de un amparo colectivo iniciado por una asociación civil (ADC) y un grupo de madres de menores que concurren a la escuela pública de Salta contra el Estado Provincial -Ministerio de Educación de Salta-, con el objeto de que se declare la inconstitucionalidad de las normas locales que disponen que la enseñanza religiosa integre el plan de estudio y se imparta dentro del horario de clase.

    Los actores sostienen que las normas, del modo en que son aplicadas, imponen la religión católica como enseñanza obligatoria en las escuelas públicas y el adoctrinamiento de menores cuyos padres poseen otras creencias.

    La Corte de Justicia de Salta confirmó la declaración de constitucionalidad de las normas. No obstante, dispuso que se arbitre un programa alternativo para quienes no deseen ser instruidos en la religión católica durante el horario escolar y que los usos religiosos -como los rezos al comienzo de las jornadas, la colocación de oraciones en los cuadernos y la bendición de la mesa- tengan lugar únicamente durante la clase de educación religiosa.

    La parte actora recurre ante la Corte Suprema de la Nación para que declare la inconstitucionalidad de las normas, alegando que su aplicación trae aparejadas prácticas que lesionan los derechos constitucionales a la libertad de religión y de conciencia, a la igualdad, a la no discriminación y a la intimidad.

    El ministro Carlos Rosenkrantz se excusó en este expediente por haber sido miembro de la Asociación por los Derechos Civiles al momento del inicio de la acción.

     

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