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    La Corte Suprema estableció en 40 mil pesos la suma del depósito previsto para la interposición del recurso de queja

    Dispuso que el nuevo monto se aplicará para las presentaciones que se realicen a partir del 1° de enero de 2019
    La Corte Suprema de Justicia de la Nación estableció en 40 mil pesos la suma del depósito previsto para la interposición del recurso de queja por denegación del extraordinario, regulado por el artículo 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación.
     
    Dispuso que la nueva suma se aplicará para las presentaciones que se realicen a partir del 1° de enero de 2019.
     
     
    Normativa citada
    Normativa citada
    Código Procesal Civil y Comercial de la Nación
     
    Artículo 286.- Cuando se interponga recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia, por denegación del recurso extraordinario, deberá depositarse a la orden de dicho tribunal la suma de PESOS NOVECIENTOS MIL ($ 900.000). El depósito se hará en el Banco de depósitos judiciales.
    No efectuarán este depósito los que estén exentos de pagar sellado o tasa judicial, conforme a las disposiciones de las leyes nacionales respectivas.
    Si se omitiere el depósito o se lo efectuare en forma insuficiente, se hará saber al recurrente que deberá integrarlo en el término de CINCO (5) días. El auto que así lo ordene se notificará personalmente o por cédula.
    (Nota Infoleg: por art. 1° de la Acordada 44/2016 de la C.S.J.N. B.O. 30/12/2016 se establece en la suma de PESOS VEINTISÉIS MIL ($ 26.000) el depósito regulado por el presente artículo. El nuevo monto se aplicará para los recursos de queja que se presentaren a partir del día siguiente a la publicación de la acordada de referencia en el Boletín Oficial. Sumas anteriores: Acordada 27/2014 de la C.S.J.N. B.O. 19/09/2014; Acordada N° 2/2007 de la C.S.J.N. , B.O. 7/2/2007).

     

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