Rechazan la responsabilidad de una aerolínea por el extravío de una computadora
Lo resolvió la Sala III de la Cámara Civil y Comercial Federal. No se probó la pérdida del artículo, ni su despacho como equipaje
Una pasajera demandó a una aerolínea para que la resarciera por el extravío de una computadora portátil que se encontraba dentro de su equipaje.
El juzgado de primera instancia hizo lugar a la demanda y fijó el resarcimiento en $65.000. Las dos partes apelaron. La pasajera cuestionó el monto de la indemnización y la aerolínea la falta de pruebas para justificar su responsabilidad.
La Sala III de la Cámara Civil y Comercial Federal, con la firma de Guillermo Antelo, Ricardo Gustavo Recondo y Graciela Medina, le dio la razón a la aerolínea.
Al no ser habitual que la preparación del equipaje se efectúe ante una rueda de testigos o frente a un escribano público, la Sala le asignó importancia a las presunciones (una reconstrucción de los hechos basada en elementos probatorios fragmentados que orientan el razonamiento en un sentido unívoco), pero no obstante consideró que no probó ni la existencia de la computadora, ni su despacho como equipaje, ni acompañó copia de los reclamos que dice haber formulado, salvo por una carta documento remitida 6 meses después del viaje.
Señaló que la pasajera tiene a su cargo la prueba y es quien debe aportar los elementos indiciarios suficientes, ya que no es posible dictar una condena resarcitoria sobre la base de meras conjeturas.
El tribunal revocó la sentencia apelada y rechazó la demanda.
DATE : 2024-04-17 17:59:57
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11/2024 - La Cámara Nacional Electoral RESUELVE:
1°) Disponer que se realicen las tareas de adecuación de los datos pertinentes en el Registro Nacional de Electores, conforme lo indicado en los considerandos de la presente resolución.
284/2024 - Se tiene presente licencia concedida por compensacion de feria trabajada en julio 2023, para los dias 2 y 3 de mayo del corriente año, a la Escribiente Auxiliar, Florencia Cecchini Zeller.
s/n/2024 - CONSIDERANDO:
1°) Que a este Tribunal le corresponde designar a los magistrados subrogantes del fuero federal con competencia electoral en el supuesto de licencia, suspensión, vacancia, remoción u otro impedimento del titular que cumpla funciones elector