X
X
/
    corte suprema de justicia de la nación cámara federal de casación penal sala iv cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal régimen de subrogancias cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal tribunal oral en lo penal económico n° 3 cámara federal de casación penal juzgado federal n° 3 de mar del plata cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional
    X
    corte suprema de justicia de la nación cámara federal de casación penal sala iv cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal régimen de subrogancias cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal tribunal oral en lo penal económico n° 3 cámara federal de casación penal juzgado federal n° 3 de mar del plata cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional
    X

    Ordenan a empresa de telefonía celular devolver a usuarios dinero por cargos irregulares

    La Cámara en lo Contencioso ratificó un fallo que obliga a restituir sumas de entre 20 y 80 pesos con intereses. Se trata de una tasa y de un aporte a un fondo fiduciario que, según la Justicia, debe abonar la empresa y no el consumidor. Fallo completo

    La Sala IV de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó un fallo de primera instancia que ordenó a la empresa  AMX Argentina (conocida como Claro) devolver a usuarios las sumas "ilegítimamente" percibidas por cargos que debió soportar la compañía.

    Así, los jueces Jorge Morán, Sergio Fernández y Luis Márquez rechazaron la apelación presentada por la defensa de la compañía, contra la sentencia que ordenó cesar la práctica de imponer a los usuarios del servicio el pago de la Tasa de Control, Fiscalización y Verificación, y del Aporte al Fondo Fiduciario del Servicio Univiersal, por entender que esos impuestos "eran elementos integrantes de los costos de las prestadoras de telefonía móvil y no podían, bajo ningún concepto, ser exhibidas frente a los clientes como cargas públicas, y más aún debían ser soportadas por ellos mismos".

    En ese marco, la Sala IV ratificó que la compañía deberá restituir en un plazo de 60 días las sumas cobradas de entre 20 y 80 pesos con intereses, más la aplicación de una multa del 25% del monto cobrado, según establece la Ley de Defensa del Consumidor.

    La causa se inició en 2001 con una acción colectiva (representa a todos los usuarios afectados) presentada por la Unión de Usuarios y Consumidores.

    13
    Últimos fallos
    Acordadas y resoluciones