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    Confirman que es delito fumar marihuana en lugares públicos

    En seis pronunciamientos recientes, la Sala II de la Cámara Federal porteña ratificó que cuando el consumo de ese estupefaciente es en lugares públicos afecta a terceros y, por ello, la conducta es punible. Fallos completos

    En línea con el fallo de la Corte Suprema en el caso "Arriola", la Sala II de la Cámara Federal porteña ratificó su postura de fallos anteriores y afirmó que fumar marihuana en lugares públicos afecta a terceros y, por lo tanto, es punible.

    Lo hizo en seis fallos en donde revocó los sobreseimientos que habían sido impuestos en primera instancia a diversas personas que habían sido descubiertas mientras fumaban un cigarrillo de marihuana en plazas públicas, una estación de ferrocarril y un furgón de tren, respectivamente.

    “Es criterio de este Tribunal que en función de la regla prevista en el art. 19 de la Constitución Nacional, se debe atender al contexto en que se verificó la tenencia de droga destinada al uso personal, para determinar si la actividad concreta que se analiza puede reputarse representativa del riesgo para la salud pública que se atribuyó a la conducta descripta en el artículo 14, segundo párrafo, de la ley 23.737”, indicaron los camaristas.

    “Siguiendo esa dirección, sostuvimos que este tipo de hechos no se encontraban amparados por el referido precepto constitucional, por ejemplo cuando los poseedores de las sustancias son sorprendidos por el personal preventor consumiendo en espacios públicos”, concluyeron los jueces.

    El voto mayoritario en los seis fallos estuvo compuesto por los jueces Horacio Cattani y Martín Irurzun, mientras que Eduardo Farah se inclinó, en disidencia, por el sobreseimiento de los imputados.

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