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    Lesa humanidad: ratifican el procesamiento de un ex coronel por el fusilamiento de una detenida

    Lo dispuso la Cámara Federal de Mar del Plata. Se trata de Fortunato Rezett, acusado por el homicidio de Ana Lía Magliaro, ocurrido en 1976. El ex militar alegaba que la muerte se había producido durante un “enfrentamiento armado”. Fallo completo

    La Cámara Federal de Mar del Plata confirmó el procesamiento del coronel retirado Fortunato Valentín Rezett, acusado por el homicidio de Ana Lía Magliaro, ocurrido en el año 1976.

    Según los camaristas, “Rezett, desempeñándose en el cargo de Capitán de Infantería en la Jefatura del AADA 601, participó -en el marco de un plan de acción sistemático para disminuir y erradicar movimientos subversivos- de manera directa en el homicidio de Ana Lía Delfina Magliaro, ocurrido el 2 de septiembre de 1976, en circunstancias en que la nombrada Magliaro se encontraba privada ilegítimamente de su libertad y a disposición del AADA 61 desde el 4 de agosto del mismo año”.

    La defensa del imputado alegaba que la muerte de Magliaro se había producido en el marco de “enfrentamientos armados”. Los jueces rechazaron esa hipótesis.

    “El primer motivo para pensar en que son los propios funcionarios militares los responsables del asesinato radica en que el secuestro de Magliaro estuvo inspirado en el plan criminal de la cúpula militar. Fue secuestrada por personal de fuerzas de seguridad, trasladada a varios lugares de detención, policiales y militares, antes de su homicidio, que resultó el proceder clásico de aquella época”, indicaron los magistrados.

    “El segundo motivo que me inclina a sostener la responsabilidad de los funcionarios de la AADA 601 y del GADA 601 es que ella apareció muerta mientras estaba detenida bajo la responsabilidad de esos organismos”, razonó en su voto el juez César Álvarez.

    “Ana Lía Magliaro estuvo totalmente sometida, sin tener movilidad de ningún tipo, pues el hecho de que haya estado amordazada implica lógicamente que estuvo atada, al menos, de manos. Esto también nos hace pensar, entonces, que los disparos sufridos por la víctima no fueron producto de un enfrentamiento en la que ella hubiese participado libremente, sino de un fusilamiento”, concluyeron los jueces.

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