X
X
/
    corte suprema de justicia de la nación cámara federal de casación penal sala iv cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal régimen de subrogancias cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal tribunal oral en lo penal económico n° 3 cámara federal de casación penal juzgado federal n° 3 de mar del plata cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional
    X
    corte suprema de justicia de la nación cámara federal de casación penal sala iv cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal régimen de subrogancias cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal tribunal oral en lo penal económico n° 3 cámara federal de casación penal juzgado federal n° 3 de mar del plata cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional
    X

    Ratifican que no se pueden vender medicamentos fuera de farmacias en la Ciudad de Buenos Aires

    Lo resolvió el juez Guillermo Scheibler, en una causa iniciada por la Unión de Kiosqueros de la República Argentina para comercializar drogas de venta libre. Para el magistrado, la prohibición alcanza a todo el país, incluida la Capital Federal

    El juez Guillermo Scheibler, titular del Juzgado Nº 13 en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, resolvió que en la Ciudad los medicamentos –incluso los de venta libre- sólo pueden ser comercializados en farmacias, tal como lo estipula la ley 26.567 sancionada en el 2009 por el Congreso de la Nación.

    La causa la inició la Unión de Kiosqueros de la República Argentina, con una presentación en la cual buscaban una declaración judicial que otorgue certeza acerca de si los medicamentos de venta libre se podían vender o no en los kioscos.

    Los kiosqueros argumentaban que la normativa nacional que prohíbe la venta de medicamentos en todo lugar que no sea farmacias no regía en la Ciudad de Buenos Aires porque la ley nacional no fue adherida por otra norma de la Legislatura local.

    Para el juez, “la ley 26.567 rige directamente en todo el territorio de la Ciudad, pues carecería de sentido reconocer una facultad propia del Congreso de la Nación si su aplicación en determinada jurisdicción dependiese de una decisión de ella”.

    “En el marco de la Ciudad de Buenos Aires no existe hasta el momento ley local que regule la materia, por lo que no se presenta conflicto normativo alguno que obligue a efectuar el confronte con las disposiciones emanadas del Congreso de la Nación. En consecuencia, éstas rigen de modo directo en el ámbito de la Ciudad”, concluyó el magistrado.

    7
    Últimos fallos
    Acordadas y resoluciones