X
X
/
    corte suprema de justicia de la nación cámara federal de casación penal sala iv cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal régimen de subrogancias cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal tribunal oral en lo penal económico n° 3 cámara federal de casación penal juzgado federal n° 3 de mar del plata cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional
    X
    corte suprema de justicia de la nación cámara federal de casación penal sala iv cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal régimen de subrogancias cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal tribunal oral en lo penal económico n° 3 cámara federal de casación penal juzgado federal n° 3 de mar del plata cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional
    X

    Derechos humanos: Casación Penal confirmó la condena a un ex espía por secuestros y torturas

    Lo resolvió la Sala II del máximo tribunal penal del país. Se trata del ex agente de inteligencia Horacio Barcos, que fuera sentenciado a 15 años de prisión por delitos cometidos en Santa Fe. En el caso se destacó el valor del testimonio de la víctima

    La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, con el voto conjunto y unánime de sus tres integrantes -Dres. Alejandro W. Slokar, Angela E. Ledesma  y Pedro David-  ratificó la pena de 15 años de prisión que deberá cumplir el ex personal civil de inteligencia (PCI) Horacio Barcos, por haber secuestrado y torturado al profesor Alberto Tur y a su entonces cónyuge Amalia Ricotti, entre el 16 y el 31 de mayo de 1978, en el área del centro clandestino de detención conocido como "Fábrica" en la Provincia de Santa Fe.

    El ex espía del Ejército fue condenado como autor de los delitos de privación ilegal de la libertad agravada por haberse cometido con violencia y amenazas e imposición de tormentos, agravado por ser ejercido contra perseguidos políticos.

    El torturador fue identificado por la víctima Amalia Ricotti como uno de los hombres fuertemente armados que la noche del 15 de mayo de 1978 la interceptaron junto a su entonces marido, el profesor Alberto Tur (fallecido), dirigente de CTERA y fundador de la APDH de Santa Fe.

    El testimonio de la mujer fue clave para que lo encerraran en 2007 y lo declararan culpable. La Sra. Ricotti  ya había relatado en 1986 ante la CONADEP que: “.... [e]n el momento del secuestro había una persona adelante del coche... que nos amenazaba con un arma que yo lo podría reconocer porque desde esa fecha, y en la actualidad, lo he venido viendo “.  Durante el  juicio reiteró que: “…[j]amás me voy a olvidar de su rostro y su aspecto. Era más bien rubio, luego lo identificaría en cautiverio con alias de ‘Quique’. A este hombre lo veo cada tanto en la peatonal San Martín de nuestra ciudad y aún hoy a su fisonomía la tengo absolutamente presente y estoy dispuesto a identificarlo cuando sea citado a esta causa […] He visto años atrás entrar y salir varias veces del edificio ubicado en la ochava noroeste de la esquina de la calle San Martín y Obispo Gelabert de nuestra ciudad, donde desde hace años funciona la Secretaría de Seguridad Pública…””.

    En el fallo se tuvo acreditado que durante cinco de los quince días que estuvieron privados de su libertad, fueron sometidos a todo tipo de tormentos físicos y psíquicos. Amalia Ricotti fue atada a una cama con elástico de metal, desnuda y vendada, la golpearon en el cuerpo y proporcionaron descargas de corriente eléctrica, la mayoría en zonas genitales; también le hicieron simulacros de fusilamiento y amenazas. Asimismo se tuvo por probado que el tiempo que permaneció alojada en ese lugar fue en condiciones inhumanas de vida, situación que le produjo secuelas físicas y psíquicas de consideración.  El profesor José Alberto Tur fue atado a una cama con elástico de metal, donde también le dieron golpes y picana eléctrica, y también padeció simulacros de fusilamiento y amenazas. Además tuvo conocimiento de la situación que padecía su esposa, ya que se encontraba en la habitación contigua. Como consecuencia de esto, sufrió contusiones, quemaduras, fisuras de costillas, laceraciones en la zona lumbar, y en el -aspecto psíquico- depresiones que le imposibilitaron continuar con su labor docente.

    En especial, en la sentencia confirmada, se observó que ambos señalaron a miembros del sindicato  UOCRA -donde Barcos pertenecía- como integrantes del “grupo de tareas”. También se destacó que del legajo personal del condenado, remitido por el Ejército Argentino -y que fuera desclasificado por Decreto N° 4/2010 del Poder Ejecutivo Nacional- surge que el mismo revistaba como “Agente Secreto” y que integró un Pelotón Especial de Contrainteligencia a partir de 1976 y  hasta el año 1997.

    En el fallo se aplicaron las reglas contenidas en el fallo plenario de la Casación adoptado en la Acordada n° 1/2012, que fuera entregada al Presidente de al Corte Suprema de Justicia de La Nación, Dr. Ricardo Lorenzetti.

     

    9
    Últimos fallos
    Acordadas y resoluciones