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    Procesaron a ocho acusados en causa por irregularidades en una licitación pública

    Lo dispuso el juez federal Ariel Lijo. Se trata de ex agentes del Ministerio de Relaciones Exteriores y particulares, investigados por contrataciones en el marco de la Cumbre Iberoamericana realizada en 2010. Se ordenó trabar embargos por $3 millones

    En el expediente n° 16.225/10 caratulado “Orduna, Hernán Darío y otros s/incumplimiento de los deberes de funcionario público”, el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal n° 4, resolvió dictar el procesamiento sin prisión preventiva de H.D.O., J.J., C.B., C.L.L.V. y M.M.B., en estos casos por considerarlos co-autores penalmente responsable del delito de fraude en perjuicio de la administración pública en concurso ideal con el delito de abuso de autoridad y violación de los deberes de funcionario público por el que deberá responder en calidad autor. Asimismo se decretó el procesamiento de D.D.E., C.F.G. y E.P., por considerarlos co-autores penalmente responsable del delito de fraude en perjuicio de la administración pública. Se dictó la falta de mérito de J.C.V.R. y de C.D.E. y por el último se resolvió el sobreseimiento de V.H.C. y E.D.E.. En los casos de los procesamientos se trabaron embargos por tres millones de pesos teniendo en cuenta el perjuicio causado al estado por el hecho.


    Resumen de los hechos

    El expediente se inicia el 28 de diciembre por presuntas irregularidades en una licitación pública convocada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la Nación convocada para la celebración de la XX Cumbre  Iberoamericana celebrada los días 1 al 4 de diciembre de 2010.

    La licitación se trata de la n° 20/2010 a través de la cual se convocó a oferentes para la contratación de servicios de tecnología, equipamientos informáticos, audiovideo y otros insumos tendientes a garantizar la realización de la citada cumbre.

    Dicha licitación fue obtenida por la firma Punto Baires, y en el proceso de adjudicación se habrían advertido ciertas irregularidades, tales como vinculaciones entre las diversas oferentes para favorecer a la adjudicataria, y el pago de sobreprecios por los insumos utilizados en la Cumbre. En ese sentido se habrían llegado a pagar por el alquiler de cada notebook la suma $6.500; siendo que el valor del mercado para su compra se estima en $2.500. El valor total de la licitación fue cercano a los 7 millones de pesos.

    Con el objeto de probar la vinculación entre las firmas oferentes; como así también los sobreprecios que se habrían pagado, el Juez ordenó la realización de múltiples allanamientos y medidas probatorias.

    En la resolución el juez entendió que se trató de una maniobra tendiente a simular una licitación pública sin embargo de las pruebas obtenidas concluyó que en la maniobra se configuró:  a) el tratamiento dispar que funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores le han dado a los oferentes favoreciendo los intereses de la firma PUNTO BAIRES S.A;  b) la vinculación existente entre las empresas presentadas en la licitación que posibilitaron la obtención de beneficios a favor de la adjudicataria en detrimento de aquella que ha sido desechada (2MGNET S.A.) y  c) el excesivo valor monetario por el cual se efectuó la adjudicación en comparación con el monto base estimado para la contratación, el valor de otras ofertas y los valores de plaza vigentes en ese momento.

    En definitiva se demostró que se conformó una maniobra delictiva, llevada a cabo con el objeto de defraudar a la administración pública. Así, los medios seleccionados para lograr tal cometido se han exteriorizado a partir de la actuación de los funcionarios públicos que han tenido una incidencia directa en la tramitación de la licitación y que determinaron el cobro de suma de dinero establecida en la licitación otorgada a la empresa PUNTO BAIRES S.A, como de los particulares que colaboraron de manera activa para que el resultado sea el que finalmente fue: contratar a la empresa PUNTO BAIRES S.A. para la prestación de un servicio cuyo valor fue fijado en  la suma de $6.045.756,74, pudiendo haberse realizado la operación por un monto mucho menor, o por lo menos, haber evitado pagar de más la suma de 2.790.251 pesos.

     

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