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La Corte Suprema de Justicia rechazó una serie de planteos contra la sentencia que, el 20 de octubre último, ordenó al gobernador de Santa Cruz que restablezca en su cargo a Eduardo Emilio Sosa, quien fuera procurador general ante el Superior Tribunal de Justicia de esa provincia, cargo que ocupaba hasta la sanción de una ley provincial, dictada en 1995.
En aquel pronunciamiento, el Máximo Tribunal exigió al gobernador santacruceño reponer a Sosa en el cargo de Agente Fiscal ante el Superior Tribunal de Justicia de esa provincia, dentro de los 30 días de que se le notifique esta sentencia, bajo apercibimiento de dar intervención a la justicia penal para que investigue la eventual comisión de un delito de acción pública.
Contra esa decisión el gobernador y el fiscal de Estado presentaron un recurso de aclaratoria, mientras que Claudio Roberto Espinoza, actual agente fiscal ante el Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz, solicitó se decrete la nulidad de esa resolución.
Según la Corte, la sentencia “es suficientemente clara respecto de lo que ha sido motivo de la aclaratoria, razón por la cual debe rechazársela”.
En tanto, dijo que la jurisprudencia del Alto Tribunal estableció que sus sentencias no son susceptibles d ser revisadas por vía del recurso de reconsideración, revocatoria o nulidad, excepto en el caso de situaciones serias e inequívocas que demuestren con claridad manifiesta el error que se pretende subsanar, “supuesto que no se configura en esta causa”.
Por ello, el Máximo Tribunal rechazó los recursos de apelación y nulidad y agregó: “Hágase saber al señor Gobernador de la Provincia de Santa Cruz que deberá cumplir lo ordenado por esta Corte en la sentencia del 20 de octubre pasado dentro de los 30 días de ser notificado de la presente resolución, bajo apercibimiento de dar intervención a la justicia penal para que investigue la eventual comisión de un delito de acción pública”.
El fallo lleva la firma de los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Carlos Fayt, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni.