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    Robo de bicicletas

    La Sala III de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal consideró que las bicicletas están comprendidas en el agravante previsto para el caso de sustracción de vehículos dejados en la vía pública
    La Sala III de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal se pronunció en los casos “Giménez” (reg. n° 959/18) y “Quispe Díaz” (reg. n° 718/18), reiterando el criterio adoptado en “Florentin, Higinio Hernán s/ robo de automotor o vehículo en la vía pública en tentativa” (Reg. n° 728/15).
     
    En este último caso, la Sala, con la firma de Mario Magariños, Carlos Alberto Mahiques y Pablo Jantus, confirmó la condena a un años y seis meses de prisión impuesta a un imputado por considerarlo autor penalmente responsable del delito de robo de una bicicleta dejada en la vía pública en grado de tentativa. 
     
    Para así decidir, analizó el significado y alcance del término legal “vehículo” contemplado en el Código Penal y consideró comprendida a la bicicleta. 
     
    En dicha causa, el juez Jantus añadió en su voto concurrente que correspondía tener en cuenta el reconocimiento social del uso de este medio de transporte y, a su vez, las acciones de gobierno que receptan y fomentan, por diversas razones, la utilización de bicicletas.
     
    Informe: Sala III de la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal.
     
     
    Normativa citada
    Normativa citada
    Código Penal
    Artículo 163 - Se aplicará prisión de uno a seis años en los casos siguientes:
    (…) 6º Cuando el hurto fuere de vehículos dejados en la vía pública o en lugares de acceso público.
    Artículo 167 - Se aplicará reclusión o prisión de tres a diez años: 
    (…) 4º. Si concurriere alguna de las circunstancias enumeradas en el artículo 163.
    DATE      : 2024-05-14 08:06:36
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    Últimos fallos
    Acordadas y resoluciones
    • 4/2024 - Ac. 4/2023 Autoridades de la Jurisdicción Feria enero 2024
    • 11/2024 - La Cámara Nacional Electoral RESUELVE: 1°) Disponer que se realicen las tareas de adecuación de los datos pertinentes en el Registro Nacional de Electores, conforme lo indicado en los considerandos de la presente resolución.
    • 469/2024 - Licencia por art 23 del 3/5 al 2/6 de Maria Silvina Pescio. Designaciones suplentes de Maria FLorencia COrrea, Luciana Yael Seltzer, Ruth Maria Etcheverry, Paula Andrea Barabasqui, Jose Maria Charlin Seoane y Maria Belen Codotto.
    • 465/2024 - Prórroga de licencia por art 23 del 6/5 al 9/6 de Sofia Bournissen. Designaciones suplentes de Maria Florencia Mascialino, Noelia Paula Saiz, Milagros Otero, Maria Eugenia Sublon e Ines Casaseca Romero de Haz.
    • 467/2024 - Prórroga de licencia por art 23 del 8/5 al 8/6 de Patricia Ines Misczuk. Designación suplente de Cecilia Victoria Martins.