Embargo para garantizar cuotas alimentarias futuras
La Sala B de la Cámara Civil consideró que las deudas del obligado por alquileres, expensas y ABL hacen presumir que en un futuro podría tornarse imposible el cumplimiento de la prestación
Un hombre apeló una resolución que hizo lugar a un pedido de embargo preventivo de sus bienes como garantía de la percepción de cuotas alimentarias futuras.
La Sala B de la Cámara Civil consideró que bajo la órbita de la nueva normativa vigente en la materia, puede disponerse la traba de medidas cautelares para asegurar el pago de alimentos futuros, provisionales, definitivos o convenidos (artículo 550 del Código Civil y Comercial).
Entendió que dada la naturaleza asistencial y urgente de la cuota alimentaria y el carácter provisional de las medidas cautelares, corresponde admitirlas para garantizar la percepción de alimentos futuros cuando pueda inferirse que existe riesgo de que el obligado se insolvente para eludir el pago o concurran causales objetivas que tornen incierta la percepción de la cuota.
Asimismo, consideró que las manifestaciones efectuadas por el apelante dan cuenta de que ha enajenado parte de sus bienes y pretende vender un inmueble, lo cual -sumado a la deuda que registra por alquileres, expensas y ABL- hace presumir que en un futuro podría tonarse imposible el cumplimiento de la prestación alimentaria establecida en la instancia de grado.
Por ello, confirmó la sentencia apelada.
Normativa citada
Normativa citada
Normativa mencionada
Código Civil y Comercial de la Nación
Artículo 550.- Medidas cautelares. Puede disponerse la traba de medidas cautelares para asegurar el pago de alimentos futuros, provisionales, definitivos o convenidos. El obligado puede ofrecer en sustitución otras garantías suficientes.
DATE : 2024-05-21 23:09:15
SERVER IP : 10.200.1.57
CLIENT IP : 18.118.252.87
FILE : /var/www/cij.gov.ar/prod/scp/obj/2015-obj-interior-nota.php
LINE : 872
FUNCTION : PHP Parser
MESSAGE : [NOTICE] Undefined variable: me
11/2024 - La Cámara Nacional Electoral RESUELVE:
1°) Disponer que se realicen las tareas de adecuación de los datos pertinentes en el Registro Nacional de Electores, conforme lo indicado en los considerandos de la presente resolución.
5/2024 - I. ESTABLECER para esta Cámara Federal de Apelaciones de Salta, los Tribunales Orales en lo Criminal Federal N°1 y N°2 de Salta y los Juzgados Federales N?1 y N?2 de Salta, de San Ramón de la Nueva Orán y de Tartagal, feria judicial desde el 8 hasta el 22
s/n/2024 - RESUELVE:
1°) Designar como magistrado subrogante del Juzgado Federal con competencia electoral de Neuquén, en reemplazo de la doctora María Carolina Pandolfi, al doctor Gustavo Villanueva, desde el 28 al 29 de mayo de 2024.-
2°) Póngase en conocimiento