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    Casación Penal estableció pautas para la presentación de los recursos de queja ante la Oficina de Sorteos

    Es una planilla que deberá ser llenada y presentada por los abogados, a fin de agilizar la radicación de los recursos directos ante la Cámara, con carácter de declaración jurada. El sistema se inicia a modo de prueba y será obligatorio dentro de 30 días
    Casación Penal estableció pautas para la presentación de los recursos de queja ante la Oficina de Sorteos

    Mediante una resolución firmada este martes (número 537/11), la Presidencia de la Cámara Nacional de Casación Penal reglamentó una resolución de superintendencia del año 2009 toda vez que en la práctica se daba un escaso cumplimiento por parte de quienes interponen recursos. De este modo, se aprobó una planilla que los abogados deberán llenar y presentar, con carácter de declaración jurada, para agilizar la radicación de los recursos de queja interpuestos ante ese tribunal, para su posterior envio y tramitación en la Sala respectiva.

    El máximo tribunal penal, en el año 2009 (resolución 168/09), había dispuesto que en los recursos de queja presentados ante ese tribunal se indiquen la carátula de los autos principales y su número de registro, el organismo jurisdiccional de donde provienen y las instancias anteriores y, en su caso, la Sala que haya conocido antes en esos autos o en cuestiones incidentales, y el número de la causa en esta Cámara.

    Según los considerandos de esta última resolución, “con frecuencia se advierten inconvenientes en la Oficina de Sorteos de la Secretaría General de esta Cámara, en la presentación de los recursos de queja, debido a que no surge de su contenido la mención de los autos principales y su número de registro, ni la indicación de la Sala que pudo haber entendido con anterioridad en ellos o en las cuestiones incidentales”.

    “Esto produce demoras en el ingreso y acarrea problemas en la prevención de causas en las Salas", lo que provoca que no se agilicen los trámites procesales, agrega.

    Y concluye que “resulta conveniente disponer como recaudos para la presentación del recurso de queja, la indicación de la carátula de los autos principales y su número de registro, del organismo jurisdiccional de donde provienen y de las instancias anteriores y, en su caso, la Sala que haya conocido antes en esos autos o en cuestiones incidentales”. 

    En la resolución suscripta este martes se establece que, a afectos de la operatividad de la resolución firmada por el Tribunal de Superintendencia de la Cámara en el año 2009 y en procura de agilizar la radicación de los recursos de queja, se le dé "amplia difusión a fin de que los letrados puedan acceder a su conocimiento de la manera más asequible y ágil posible".

    Las resoluciones y la planilla anexa se comunicarán a los tribunales orales, cámaras de apelaciones y juzgados, federales y nacionales, que dependen jurisdiccionalmente de la Cámara de Casación, y se notificará al Colegio Público de Abogados de la Capital Federal y demás entidades que nuclean la profesión para su difusión a los letrados de las respectivas matrículas. Asimismo se ordena que se deberán fijar en las Mesas de Entradas de todos los órganos judiciales antes referidos, de las cuatro Salas de la Cámara y de la Secretaria General del tribunal.

    DATE      : 2024-05-18 09:48:38
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