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    Informan sobre medidas para facilitar el sufragio a electores con necesidades especiales

    Lo hizo el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de cara a los comicios de julio próximo. Fue en el marco de una acción de amparo iniciada por la asociación Red por los Derechos de la Persona con Discapacidad

    El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires respondió a una medida cautelar de la Asociación REDI (Red por los Derechos de la Persona con Discapacidad) e informó sobre las medidas adoptadas para facilitar el sufragio de los electores con necesidades especiales en los comicios de julio, como el acondicionamiento de mesas de votación y cuarto oscuro en planta baja de locales de votación y la asistencia de una persona de su elección para la emisión del voto en los casos que sea necesario, además de la prioridad para sufragar.

    Además, el TSJ remitió al Tribunal electoral un planteo de amparo de la Asociación contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, que pidió a la autoridad electoral eliminar “todas las restricciones a la accesibilidad física y comunicacional existente en el ámbito físico y arquitectónico de los lugares de votación designados para todas las elecciones que se celebren” en la ciudad de Buenos Aires.

    El Tribunal intervino a raíz de una medida cautelar interpuesta por la Asociación REDI, que solicitó garantías para que las personas con discapacidad ejerzan su derecho a votar en las elecciones de la Ciudad.

    En su voto, el Dr. Luis Lozano señaló que el Tribunal solicitó la colaboración del Juzgado Federal Electoral “para la tarea de acondicionamiento de mesas de votación  y cuartos oscuros y, dicho Juzgado prevé ordinariamente en todas las elecciones en que interviene la habilitación de un cuarto oscuro en la planta baja de los locales de votación  destinado –entre otros fines—a facilitar el sufragio de los electores con necesidades especiales”.

    Por otra parte indicó que el Tribunal pidió a las Fuerzas de Seguridad Federales que tendrán a cargo la custodia de los lugares de votación, colaboración “para facilitar el ingreso de los votantes con necesidades especiales” y dio instrucciones a las autoridades de las mesas de votación para que “los electores con alguna discapacidad física –incluidos lo no videntes—que les impida o dificulte realizar todos los pasos necesarios para sufragar, podrán, si así lo solicitan, ser asistidos por una persona de su elección siempre que acrediten vínculo con ella. En caso de que este requisito no esté acreditado, podrán ser asistidos por la persona de su elección en forma conjunta con el Presidente de mesa”.

    Por otra parte, el Dr. Lozano recordó que el “actual procedimiento de votación –vigente desde hace varias décadas—permite a cualquier elector –con o sin discapacidades físicas—procurarse personalmente o a través –también—de personas de su elección la boleta de la agrupación que pretende votar antes de concurrir a la sede de votación”.

    A su turno, la Dra. Ana María Conde y el Dr. José Osvaldo Casás adhirieron al voto del Dr. Lozano.

    Al emitir su voto, la  Dra. Alicia Ruiz manifestó que “las previsiones adoptadas por el Tribunal Superior de Justicia como autoridad electoral con vista a las elecciones del mes de julio de 2011 tornan abstracta la medida cautelar solicitada”.

    Además, destacó que “la transcripción de dichas previsiones integra las instrucciones a las autoridades de mesa tanto de electores extranjeros como de electores nacionales, y se agregan como anexo a esta resolución”, y votó por “el rechazo a la medida cautelar” citada. 
     

    SE ADJUNTA FALLO COMPLETO

    http://www.tsjbaires.gov.ar

    Buenos Aires, 29 de junio de 2011

    DATE      : 2024-05-18 17:18:54
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    LINE      : 872
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