X
X
/
    corte suprema de justicia de la nación cámara federal de casación penal sala iv cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal régimen de subrogancias cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal tribunal oral en lo penal económico n° 3 cámara federal de casación penal juzgado federal n° 3 de mar del plata cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional
    X
    corte suprema de justicia de la nación cámara federal de casación penal sala iv cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal régimen de subrogancias cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal cámara federal de casación penal tribunal oral en lo penal económico n° 3 cámara federal de casación penal juzgado federal n° 3 de mar del plata cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional cámara nacional de apelaciones en lo criminal y correccional
    X

    Confirman procesamientos en una causa en Salta por trata de personas

    Lo decidió la Cámara Federal. Son dos los acusados, uno de los cuales dirigía la escuela albergue a la que acudían las víctimas, que eran menores de edad y habían sido sometidos bajo continuas amenazas y malos tratos a trabajos forzados en una finca

    La Cámara Federal de Apelaciones de Salta, en fecha 29 de mayo del corriente año, confirmó el procesamiento dictado por el Juzgado Federal Nº 2 de Salta en contra de los imputados Eva Elena Ortíz y Walter Clímaco Cuellar por considerarlos autores prima facie responsables del delito de trata de personas, delito que se encuentra agravado por el número de víctimas y por ser la Sra. Ortíz la encargada de la guarda y educación de los menores en razón de su cargo de directora de la escuela-albergue a la que los menores acudían.

    En la resolución firmada por los Dres. Renato Rabbi-Baldi Cabanillas, Roberto Loutayf Ranea y Jorge Luis Villada, el Tribunal consideró probado, entre otros aspectos y con el grado de certeza requerido por la instancia en que se encuentra la causa, que los menores eran sometidos bajo continuas amenazas y malos tratos a trabajos forzados en la finca El Destierro, lugar en que se encontraba radicada la escuela albergue Nº 4295 que acogía a las víctimas, siendo obligados además a vivir en condiciones inadecuadas y provistos de una alimentación insuficiente, a pesar de las partidas asignadas por el Ministerio de Educación.

    También consideró acreditado prima facie que los menores eran llevados a realizar actividades ajenas a la escolaridad a la localidad de Olleros, desde donde finalmente cuatro de ellos lograron escaparse y pedir ayuda a una circunstancial vecina de la localidad.                                                      

    DATE      : 2024-09-29 00:30:37
    SERVER IP : 10.200.1.57
    CLIENT IP : 3.142.12.207
    FILE      : /var/www/cij.gov.ar/prod/scp/obj/2015-obj-interior-nota.php
    LINE      : 872
    FUNCTION  : PHP Parser
    MESSAGE   : [NOTICE] Undefined variable: me
    
    34
    Últimos fallos
    Acordadas y resoluciones